Programa de siembra, trazabilidad GPS por árbol, supervivencia monitoreada e insumos del reporte listos para presentar. La ventaja es de quien llega preparado.
Hay quienes tienen que cumplir la ley del árbol y quienes simplemente quieren darle más vida a la naturaleza. Elija su camino — los dos terminan en árboles reales, con GPS y creciendo.
Convierta la obligación de la Ley 2173 en un legado defendible: cumplimiento en firme, expediente saneado y evidencia por árbol.
Sin obligación legal, por convicción. Apadrine un árbol, un bosque o una selva, y véalos crecer con su constancia.
La Ley 2173 exige plantar. La autoridad ambiental exige que al menos el 80% de los árboles sobreviva. Ese es el punto crítico: la norma tolera hasta un 20% de pérdida — pero cada árbol que muere lo acerca al incumplimiento. Nosotros no jugamos con ese margen.
Diseñamos la siembra con un 10% adicional sobre su obligación. En campo siempre hay pérdidas: el objetivo es que usted quede cubierto, no al límite.
Contemplamos el reemplazo de los árboles que no prosperen durante el período de mantenimiento, para sostener la supervivencia por encima del mínimo exigido.
Seleccionamos las especies nativas de mejor adaptación al piso térmico y a los lineamientos de la autoridad ambiental de su jurisdicción. No un catálogo genérico.
El material vegetal proviene de viveros de la zona con registro ICA vigente. Trazabilidad del origen, no promesas.
Aplicamos las pautas de siembra, densidades y mantenimiento de la autoridad ambiental que corresponde a su Área de Vida.
Que su empresa no cumpla al mínimo, sino con margen, con evidencia y con la autoridad ambiental de su lado.
Siembra verificada · Antioquia, Colombia
Reforestar.org opera a través de entidades formalmente constituidas y con matrícula mercantil vigente ante la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia.
Desde octubre de 2025, la Ley 2173 (Resolución 1491 del MADS) está vigente. La norma no fija multas — pero la obligación es real, y cuando su municipio publique sus Áreas de Vida, el reloj corre. La Resolución 0358 del 16 de abril de 2026 amplió de 6 a 18 meses el plazo de los municipios para delimitarlas y aclaró que los programas de siembra son exigibles solo cuando existan Áreas de Vida publicadas oficialmente. Quien llega preparado cumple primero, certifica y blinda su reputación.
Empresas medianas y grandes deben sembrar 2 árboles por empleado elegible cada año (Art. 12), con programa aprobado por la alcaldía.
Ley 2173 · Art. 12Contamos con respuesta oficial de la autoridad ambiental que valida nuestro flujo de trabajo y confirma que los municipios pueden contratar apoyo técnico privado para estructurar sus datos. Verificable bajo solicitud.
Respaldo verificablePor subsidiariedad (Art. 16), las empresas pueden sembrar en cualquier Área de Vida del país. Quien llega preparado asegura el cupo y certifica primero.
Art. 16De la planeación al certificado, sin burocracia manual. Diseñamos, ejecutamos con GPS y entregamos los insumos listos para que la alcaldía los firme y cargue.
Especies nativas aprobadas para su región, cronograma, Áreas de Vida y presupuesto. Aprobado por la alcaldía. Todo documentado.
DISPONIBLE → EN TRÁNSITO → RECIBIDO → SEMBRADO. Estado en tiempo real por cada árbol. Viveros certificados ICA.
Coordenadas exactas y fotografía por árbol. Evidencia verificable para el reporte y el certificado municipal.
Avance vs. obligación legal: árboles comprometidos, plantados y porcentaje del ciclo completado. Listo para reportes ESG.
La plataforma agenda las 10 visitas de monitoreo y 5 fertilizaciones del estándar de la autoridad ambiental, con alertas de próxima visita y reposición si baja del 80%.
Exportación estructurada lista para "Proyectos de Restauración" del MADS. La firma y el cargue oficial son del funcionario; nosotros producimos el insumo.
Especies, cronograma, Áreas de Vida y presupuesto. Aprobado por la alcaldía.
Orden de compra a vivero ICA, entrega certificada e inventario por especie.
GPS + foto por árbol. Brigada asignada. Estado SEMBRADO al instante.
Insumos del reporte. La alcaldía expide el Certificado Siembra Vida Empresarial (anual).
Traducimos la Ley 2173 en un proceso claro y visible. Tres animaciones cuentan cómo sembramos, cómo creamos un Área de Vida y cómo funciona EcoSponsor. Las fotos son reales; las animaciones ilustran el flujo.
De su obligación legal —2 árboles por empleado, con 80 % de supervivencia— a un árbol vivo y verificable, paso a paso.


La Ley 2173 le exige identificar y reportar sus Áreas de Vida: se las estructuramos y consolidamos todas las siembras en una sola fuente.
Sin obligación legal: su aporte se convierte en un árbol nativo real, con cédula y seguimiento durante 2 años.

El líder siembra en campo; el gerente, el municipio y el patrocinador ven avanzar la Orden de Trabajo en tiempo real. Cada quien ve según su rol; las identidades quedan reservadas.



La Ley 2173 le exige identificar y reportar sus Áreas de Vida. Le ayudamos a crearlas y a tener todas las siembras de su municipio en un solo mapa —siembre quien siembre—, consolidado y listo para que usted reporte con una sola fuente confiable.
Estructuramos y delimitamos su Área de Vida conforme a la normativa vigente, lista para publicar y para que las empresas de su jurisdicción cumplan.
Cada siembra queda registrada con ubicación GPS y foto por árbol, visible en el mapa oficial de su municipio en todo momento.
Reunimos la información de las empresas que siembran en su jurisdicción y se la entregamos organizada en un solo lugar, lista para su reporte oficial.
Fotografías reales de nuestras brigadas en campo, Colombia. Cada árbol queda con especie, coordenada GPS y evidencia fotográfica.



Nuestras brigadas sembrando en campo, Colombia. Trabajo real, verificable, documentado.
No hace falta ser empresa. Cualquier persona, ciudadano o institución puede sembrar la cantidad que quiera — desde un árbol hasta un bosque entero. Desde USD $60 por árbol, con descuento por volumen.
ESPECIE NATIVA · ANTIOQUIA
Tú decides cuánta vida quieres regalar. Toda siembra es real, ubicada por GPS y con seguimiento documentado.
El apadrinamiento individual. Perfecto para un regalo o dejar tu propia huella.
Un paquete de árboles a nombre de tu familia, tu equipo o tu marca. Tú eliges cuántos.
Siembra de alto impacto para empresas que quieren una historia ESG real, medible y visible.
La Ley 2173 de 2021 crea la obligación de restauración mediante siembra de árboles en Áreas de Vida. La Resolución 1491 de 2025 (vigente desde octubre de 2025) reglamenta cómo se identifican, crean y delimitan esas áreas, y define la estructura cartográfica y los reportes.
La Resolución 1491 no establece multas propias. Sin embargo, la obligación es real y exigible cuando su municipio publica sus Áreas de Vida, y cualquier infracción ambiental general se rige por la Ley 1333 de 2009. Más allá de lo legal, no cumplir significa quedar último ante un competidor que ya certificó y exponerse en auditorías ESG. Cumplir preparado es ventaja, no solo deber.
Una vez su municipio tiene Área de Vida disponible, el ciclo va de la formulación del programa a la siembra y el informe (Art. 17). El Certificado Siembra Vida Empresarial lo expide la alcaldía por cada siembra cumplida, de forma anual (Art. 18) y en máximo 15 días (Art. 25).
Generamos los insumos del reporte (cartografía, trazabilidad GPS y PDF) listos para la plataforma "Proyectos de Restauración" del MADS. La firma y el cargue oficial son competencia del funcionario público; nuestra arquitectura está preparada para interoperar por APIs cuando el MADS habilite ese mecanismo.
Una sesión de 30 minutos donde calculamos su obligación exacta (empleados elegibles × 2, con las exclusiones del Art. 12), revisamos el estado de las Áreas de Vida de su municipio y le entregamos una propuesta de plan de siembra. Sin costo ni compromiso.
Un canal para que personas o instituciones patrocinen árboles nativos sin tener una obligación empresarial. Cada árbol se siembra con GPS y foto, y recibe seguimiento documentado durante 2 años. Es trazabilidad real, no un símbolo.
Le ayudamos a crear y estructurar sus Áreas de Vida conforme a la Ley 2173, y a tener todas las siembras de su jurisdicción en un solo mapa —siembre quien siembre—. Reunimos la información de las empresas que cumplen en su territorio y se la entregamos consolidada, lista para su reporte oficial. Escríbanos para una propuesta a la medida de su municipio.
La Resolución 0358 del 16 de abril de 2026 modificó la Resolución 1491 de 2025: el plazo para que municipios y distritos delimiten y publiquen sus Áreas de Vida pasó de 6 a 18 meses (contados desde la vigencia de la 1491, octubre de 2025), los municipios deben reportar avances periódicos, y los programas de siembra de las empresas son exigibles solo cuando existan Áreas de Vida delimitadas y publicadas. Prepararse antes de esa fecha es lo que permite certificar primero.
Demo gratuita de 30 minutos. Le mostramos el sistema con datos reales, calculamos su obligación exacta y le entregamos una propuesta de plan de siembra.